El viernes 2 de octubre, el Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa firmó con la operadora de mayoría estatal YPF, en representación de la Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos (CEPH), un acuerdo de Sustentabilidad y Empleo que establece el nuevo marco laboral para la recuperación de Vaca Muerta, con el objetivo es bajar costos y ganar productividad para que la industria petrolera local gane competitividad.
El documento, al que accedió el portal Patagonia Shale, que dirige Cristian Navazo, contiene una cláusula macro que señala que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 644/12 seguirá vigente, pero establece una serie de modificaciones para atender la coyuntura de crisis que atraviesa el sector hidrocarburífero.
Los principales cambios, son los siguientes:
BONOS Y ADICIONALES: Los conceptos denominados Bono de Paz Social, Adicional Torre, Adicional Disponibilidad, Adicional Yacimiento, Adicional Choferes de Transporte y Adicional Torre Servicios Especiales, tendrán carácter no remunerativo.
CONTINUIDAD DE LAS OPERACIONES: se deberá llevar a cabo por todos los medios posibles la continuidad de las actividades de perforación, work over, pulling y servicios especiales. Los cambios de turno y las reuniones de seguridad se realizarán en los puestos de trabajo, en paralelo con la operación, siempre que la actividad lo permita y siempre deberán realizarse al margen del camino critico para no afectar la actividad de los equipos.
RÉGIMEN DE SUSPENSIONES: A partir del 1 de septiembre de 2020 y hasta el 1 de marzo de 2021, todos los trabajadores que se desempeñen en equipos de torre y servicios especiales podrán, por necesidad operativa, activar servicios en un esquema de trabajo por equipos de 14 días corridos de trabajo, seguidos por 7 de franco y luego 7 días de suspensión sin percepción de haberes por falta de trabajo. Para el cálculo de las variables diarias se tendrán en cuenta básico, turno y zona. El personal excedente, tendrá prioridad de ingreso en la conformación de las dotaciones de los nuevos equipos que se vayan incorporando.
OPERACIONES EN EQUIPOS DE TORRE: las posiciones de mecánicos, eléctricos y soldadores se adecuarán a las necesidades operativas de los equipos de perforación y work over, por lo que podrán ser compartidos por más de un equipo.
DTM NOCTURNO: Se acuerda la realización de Desmontaje-Transporte-Montaje nocturno. El transporte nocturno será solamente por caminos internos del yacimiento, mientras que por ruta sólo podrá realizarse de día.
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CAMPO: se eliminan las restricciones de atención exclusiva entre yacimientos en un mismo ámbito, esto es, entre plantas y campo (tareas de mantenimiento); entre baterías, recorredores/bateristas no exclusivos y entre tipos de pozo por recorredor (Productores e Inyectores). Así es que un trabajador podrá ser convocado a realizar su tarea diaria en un lugar o instalación diferente a la habitual
Todo el personal de producción y mantenimiento integrará una base de recursos diarios que será afectado a tareas efectivas según las necesidades operativas diarias. De esta manera, diariamente se conformarán cuadrillas de trabajo que podrían ir alternando su composición.
OPERACIONES ESPECIALES: se ratificó la plena aplicación del Art. 15 de la adenda a los CCT 644/12, que deja sin efecto la totalidad de los esquemas de contraprestación de “horas taxi”.
Todo el personal perteneciente a los servicios de operaciones especiales integrará una base de recursos diarios que será afectado a tareas efectivas según las necesidades operativas diarias. Se conformarán cuadrillas de trabajo que podrán ir alternando su composición. Podrán prestar tareas indistintamente entre los servicios de cementación, fractura/estimulación, coiled tubing, wire line/slick line, testing / flow back; como así también servicios logísticos de transporte general de la empresa.
PERSONAL ADMINISTRATIVO: A partir del 1º de septiembre de 2020 y hasta el 28 de febrero de 2021, el personal afectado a tareas de base/oficina, desarrollará sus tareas exclusivamente en el marco de una jornada de 8 horas diarias o 48 horas semanales de trabajo.
CONTRATOS A PLAZO FIJO: En función de la reformulación operativa, los empleadores podrán utilizar la modalidad de contratación a Plazo Fijo.
MAN CAMP: las empresas podrán desarrollar campamentos con todas las condiciones de habitabilidad, conectividad y esparcimiento requerido, para el personal que deba pernoctar durante su diagrama de trabajo, que se encuentren en el ejido urbano. Las empresas podrán adoptar los regímenes de trabajo más convenientes de acuerdo a sus necesidades operativas, ya sean estos en regímenes de dos días de trabajo por uno de franco -siempre que se encuentre en el Zona Urbana-, o un día de trabajo por uno de descanso.
MECANISMO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: las partes acordaron someterse a los dictámenes de la Comisión Especial de Interpretación y Resolución de Conflictos.
COMISION MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE: estará integrada por un representante matriculado del Sindicato y un representante técnico de compañías que integren las cámaras empresariales.
SUBCONTRATACIÓN: para trabajos excepcionales y no programados que demanden una duración no mayor a 30 días, los cuales no podrán prorrogase, en yacimientos o bases operativas, de cualquier naturaleza, se podrá subcontratar pymes, con el objetivo de propender al desarrollo y especialización de las empresas locales. En caso que los trabajos se extiendan por más de 30 días, el personal deberá encuadrarse en el CCT 644/12.
CREACIÓN DE UNA COMISIÓN MÉDICA: estará conformada por el médico de la empresa y un profesional del Sindicato, para tratar aquellos casos de enfermedad prolongada, en donde haya discrepancias en aquellas patologías que excedan los tres meses de licencia.
CAPACITACIÓN: el entrenamiento necesario para el desarrollo de las funciones y la capacitación para cualquier tipo de certificación requerida para el cumplimiento de tareas laborales, deberá realizarse durante los días stand by, y se pagarán los viáticos correspondientes a cada día de entrenamiento.
Además, se fijará una agenda de trabajo para reforzar las habilidades requeridas para estos cursos, en cuyo caso se podrán establecer acuerdos con los centros de formación de los Sindicatos.
EXÁMENES MÉDICOS: no se efectuarán dentro del diagrama de trabajo y se abonará el viático respectivo por el día que demanden.
VACACIONES: Las empresas deberán armar un diagrama anual teórico, que podrá sufrir modificaciones por razones de estricta índole operativa, a fin de que el empleado conozca los periodos de licencia que tendrá durante todo el año. El tiempo de comunicación de las vacaciones podrá hacerse con 10 días hábiles de antelación. Uno de cada tres periodos de licencia deberán ser en periodos estivales, comprendido entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente.
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