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Siete localidades de Neuquén seguirán en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio

Las localidades con circulación comunitaria de Neuquén volverán a una etapa de Fase Uno, con reducción de actividades a esenciales y otras excepciones. El resto del territorio, continúa en la etapa de Distanciamiento Social. Se esperan anuncios provinciales.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

Mediante el Decreto 792/2020 el gobierno nacional oficializó el lunes 12 de octubre los alcances de la nueva fase de aislamiento en el país. En esta etapa también convivirán el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (Dispo) con el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (Aspo). En Neuquén estarán en ASPO. Aún no hubo anuncios provinciales sobre las características de los aislamientos.

Según lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 792, la nueva fase del aislamiento se extenderá hasta el 25 de octubre.

En el caso de Neuquén, la provincia continuará en la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio , con la excepción de los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala, que continuarán en la fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Además, el Gobierno nacional también autorizó en todo el país las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales. En este sentido, los gobernadores y gobernadoras podrán eventualmente suspenderlas con el fin de proteger la salud pública. En tanto que el Jefe de Gabinete de Ministros es la autoridad facultada para ampliar, reducir o suspender esta autorización en atención a la evolución de la situación epidemiológica.

Finalmente, en ambos regímenes (Aspo y Dispo) siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas; los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente; deportes donde participen más de diez personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes; los cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados; y el turismo.

Será también el Jefe de Gabinete quién autorice las excepciones de acuerdo a la situación epidemiológica respectiva.

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