A través de la resolución 259/2024 de la Secretaría de Energía, dependiente de la cartera de Hacienda, el Gobierno estableció que las estaciones de servicio de jurisdicciones cuyos municipios apliquen tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles -sean líquidos y/o gaseosos- deberán poner un cartel con el siguiente texto: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”.
Esta medida llega después de que la semana pasada el Ministerio de Economía impidiera a los municipios incluir sus propias tasas en las facturas de los servicios.
Asimismo, se dispuso que el cartel -en formato de calcomanía- deberá colocarse en un lugar visible en cada uno de los surtidores y que deberá cumplir con el diseño y los parámetros establecidos por el Ejecutivo. Las empresas petroleras podrán elegir los colores del cartel, mientras que, en las bocas de expendio que no tengan marca o una bandera determinada, la calcomanía será de color amarillo.
Las empresas tendrán un plazo de 120 días para adecuarse a esta normativa. Aquellas que no cumplan con lo ordenado serán pasibles de sanción pecuniaria. (NA).
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