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Ganancias e IVA: claves del nuevo régimen simplificado de ARCA

El nuevo esquema de simplificación fiscal anunciado por el gobierno sigue generando expectativas y dudas entre profesionales y contribuyentes.

En diálogo con CSB & Asociados, Federico Parrilli explicó los principales cambios y desafíos que traerán el IVA Simplificado y la declaración jurada simplificada de personas humanas.

IVA Simplificado: ¿realmente menos burocracia?
El IVA simplificado busca reducir la carga burocrática para contribuyentes y contadores al integrar la información fiscal dentro del portal IVA. Sin embargo, Parrilli advierte que la automatización de datos no exime al contribuyente de revisar y ajustar los registros. “El sistema mostrará información sobre el facturado, pero no siempre reflejará la realidad del débito fiscal”, explicó, señalando que algunos hechos imponibles se perfeccionan antes de la emisión de la factura.

Otro aspecto clave es la verificación de compras y ventas. Aunque la AFIP dispondrá de los datos digitales en su plataforma, el contribuyente deberá analizar qué facturas pueden computarse como crédito fiscal. “No todas las compras son 100% computables, ya que existen operaciones exentas y ciertos gastos que deben ser prorrateados”, añadió Parrilli.

Si bien el esquema promete aliviar la carga administrativa, su impacto dependerá del tipo de operaciones de cada contribuyente. “Para quienes tienen una actividad más simple, con todas las operaciones reflejadas en facturas, podría ser realmente útil”, destacó.

Declaración jurada simplificada: ¿quiénes pueden acceder?
Uno de los puntos centrales de este régimen es que solo podrán acceder aquellos contribuyentes con renta exclusivamente de fuente argentina. Quedan fuera del esquema quienes obtengan ingresos de fuente extranjera, como la compraventa de títulos CAS, que si bien está exenta de impuestos por inflación fuera de ganancias, sigue siendo una renta de fuente extranjera.

Nota completa:

Además, los funcionarios públicos de todos los niveles (nacional, provincial y municipal) no podrán optar por la modalidad simplificada, ya que deben presentar declaraciones juradas ante la UIF (Unidad de Información Financiera), las cuales dependen de la declaración de ganancias donde se informa el patrimonio. Esto significa que, para ellos, el esquema tradicional continuará vigente.

El gobierno podría sumar más exclusiones en el futuro, en función del control fiscal necesario para ciertos sectores. “Esta simplificación, en cierta medida, reduce el rigor de control por parte del fisco, lo que puede ser un arma de doble filo en términos de fiscalización”, sostuvo Parrilli.

¿Menos control o nuevas dificultades fiscales?
Históricamente, la ley de procedimiento tributario y la ley del impuesto a las ganancias exigen que las declaraciones anuales incluyan el patrimonio inicial y final del ejercicio, lo que permite a la AFIP identificar posibles incrementos patrimoniales no justificados. Con el nuevo esquema, surge la duda de cómo el fisco podrá detectar irregularidades sin esta herramienta clave.

Si bien la simplificación busca aliviar trámites, podría generar problemas a futuro para contribuyentes que necesiten justificar la compra de bienes importantes. “Si en unos años la AFIP pregunta cómo se adquirió un auto o una propiedad y no hay una declaración detallada, el contribuyente deberá reconstruir la información desde cero”, advirtió Parrilli.

Otro punto crítico es el manejo de distintas categorías de renta. Algunas fuentes de ingresos no requieren la emisión de facturas, lo que dificulta su control. “Hay ingresos que el fisco no tiene cómo detectar, salvo que el contribuyente los declare expresamente”, explicó.

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