El Gobierno aprobó la base de datos para el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), con los que se podrá completar la Declaración Jurada de Usuarias y Usuarios de Servicios Públicos, a los efectos de continuar con las compensaciones y evitar de esa manera pagar la tarifa plena de los servicios de distribución de gas natural y electricidad.
La medida se estableció mediante la disposición 1/2022 de la Subsecretaría de Planeamiento Energético del Ministerio de Economía, publicada hoy en el Boletín Oficial, luego de que se diera a conocer la resolución 467/2022 de la Secretaría de Energía, por la cual su titular, Darío Martínez, delegara la tarea de «instrumentar la Segmentación de Subsidios a Usuarios y Usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red» en Santiago López Osornio.
En la disposición se solicita a la Subsecretaría de Servicios y País Digital, dependiente de la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete, que arbitre los medios necesarios para que el formulario pase a estar integrado como parte de la Plataforma del Sector Público Nacional en el sitio https://www.argentina.gob.ar.
En el anexo de la medida se precisa que «la base de datos es informatizada» y que su estructura estará conformada por «al menos» dieciséis ítems.
Estos datos son el Documento Nacional de Identidad, el número de trámite del DNI, nombre, apellido, CUIL, género, fecha de nacimiento, datos socioeconómicos, situación laboral, datos de contacto, domicilio declarado por el usuario, código postal, relación con el domicilio, datos del servicio de luz, datos del servicio de gas y datos del grupo conviviente.
La segmentación tarifaria fue establecida en el decreto 332/2022 del 16 de junio y estableció los parámetros para determinar la pertenencia a los tres niveles fijados en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El nivel 1 es el único que tendrá que pagar la tarifa sin ninguna clase de subsidios y comprende al 10% de la población de mayor poder adquisitivo.
En ese caso, todos los integrantes del hogar deberán reunir al menos una de estas condiciones: ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2 según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), ser titulares de 3 o más automóviles con una antigüedad menor a 5 años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo y activos societarios que «exterioricen capacidad económica plena».
Según el último informe del Indec, el equivalente a 3,5 CBT de mayo asciende a $348.868,97.
En el nivel 2 está integrado por los usuarios de menores ingresos, beneficiarios de la tarifa social, cuyo aumento en todo 2022 no podrá superar el 40% del Coeficiente de Variación Salarial del año pasado, lo que en los hechos representa un incremento nominal total de 21,36%
Deberán tener ingresos menores a una CBT ($99.676,85 a mayo), o bien tener un integrante con certificado de Vivienda Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares), o que se trate de un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado, tener un integrante que posea pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o que posea certificado de discapacidad.
El nivel 3 está compuesto por los usuarios no comprendidos en los dos anteriores y el impacto en la factura será del 80% de CVS, que para este año es del 42,72%.
Asimismo, serán incluidos en este nivel los del nivel 2 que sean propietarios de dos o más inmuebles y de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, salvo los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad.
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