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YPF: Argentina presentó sus argumentos para frenar la entrega del 51% de las acciones

El objetivo de la presentación es lograr que se suspenda de forma definitiva y sin condiciones el fallo que obliga al país a pagar una indemnización de más de 16.000 millones de dólares.

El Gobierno argentino presentó el martes 22 de julio sus argumentos ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York para evitar la entrega del 51% de las acciones de YPF en el marco del juicio por la expropiación de la petrolera. Ahora, la definición queda en manos de la Justicia estadounidense, que no tiene plazos establecidos para resolver.

El objetivo de la presentación es lograr que se suspenda de forma definitiva y sin condiciones el fallo dictado por la jueza Loretta Preska, que obliga a Argentina a pagar una indemnización de más de 16.000 millones de dólares.

La nueva documentación es una réplica a los escritos de los demandantes (los fondos Petersen/Eton Park y Bainbridge) presentados el pasado 17 de julio. La intención del Gobierno es extender la suspensión vigente sobre la entrega de las acciones estatales de YPF hasta que se resuelva la apelación de fondo. Actualmente, la medida solo cubre el período en que se sustancian estas presentaciones.

La causa tuvo un giro tras el respaldo legal del gobierno de Estados Unidos a la posición argentina mediante un escrito de tipo amicus curiae, donde coincidió en que la orden judicial afecta principios legales clave sobre la inmunidad soberana.

¿Cuáles son los argumentos argumentos de Argentina ante la Corte?

En el caso Petersen/Eton Park, el Gobierno planteó:

Que la orden judicial vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de los Estados, según lo reconoció el propio gobierno de EE.UU.

Que las acciones están en Argentina, no se usaron para actividades comerciales en EE.UU. ni forman parte de la operación que originó la demanda, por lo que no deberían ser embargables según la Ley de Inmunidades Soberanas.

Que la orden obliga a Argentina a violar su propia legislación interna, atentando contra los principios de cortesía internacional.

Que no hay prueba de un daño a los demandantes si se suspende la entrega, ya que por ley las acciones no pueden venderse sin la aprobación de dos tercios del Congreso.

Que sí habría un daño irreparable para el país si se concreta la entrega, ya que se perdería el control estatal sobre la principal empresa energética argentina.

Que ejecutar la orden afectaría intereses públicos, podría dañar la relación bilateral con EE.UU. y generar represalias judiciales en el exterior.

En el caso Bainbridge, el Ejecutivo remarcó que:

La parte demandante no justificó la necesidad de una garantía para asegurar el cumplimiento de la sentencia.

No demostró que sufriría un perjuicio si se suspende la entrega de las acciones.

Tampoco probó que Argentina no enfrentaría un daño irreversible en caso de ejecutar la orden.

Qué pasa si la Corte rechaza el pedido

Si la Justicia estadounidense rechaza la apelación, volvería a activarse el fallo de Preska, lo que obligaría al país a cumplir con la entrega de las acciones. De lo contrario, podría ser declarado en desacato, una figura que, aunque no está prevista para Estados, podría derivar en sanciones económicas o afectar la percepción internacional sobre la seguridad jurídica en Argentina.

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